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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337940
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 800
COMITES PARTICULARES EJECUTIVOS, FACULTADES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 800
Estos comités deben sujetar sus procedimientos a lo que resuelvan las autoridades agrarias superiores, y por tanto, mientras éstas no hayan acordado la posesión de las tierras, la que den los comités, sin esa previa aprobación, debe considerarse como atentatoria.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1696/22. Domínguez Aurelio. 13 de junio de 1930. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Arturo Cisneros Canto. Relator. jesús Guzmán Vaca.