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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337947
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 940
COMISION NACIONAL AGRARIA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 940
Como los ingenieros auxiliares de la comisión nacional, no ejercen actos de autoridad, contra los que ejecuten, es improcedente conceder la suspensión.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 380/30. Cajigas de Calleja Maria Luisa. 11 de julio de 1930. Mayoría de tres votos. Disidentes: Francisco Barba y Carlos Salcedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.