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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337998
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1456
RESOLUCIONES AGRARIAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1456
Si las autoridades agrarias, extralimitándose de lo demandado en el fallo presidencial, afectan un predio que no ha sido designado en aquél, violan las garantías del propietario afectado, toda vez que se le priva de sus posesiones y derechos, sin haber sido oído, y el procedimiento seguido en su contra, carece de motivo y justificación legal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3061/23. Oviedo de Villanueva Carmen. 6 de agosto de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salvador Urbina. Relator: Daniel V. Valencia.