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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338067
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 587
CULTIVOS CICLICOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 587
Conforme al artículo 20 del Reglamento Agrario, cuando las tierras afectadas por una dotación de ejidos, se encuentran aprovechadas con cultivos cíclicos, los propietarios de ellas podrán ceder, en cambio, una superficie igual, dentro de determinada distancia y en caso de que el referido propietario, no manifieste por escrito que acepta entregar otros terrenos antes de que se pronuncie el fallo definitivo, dispondrá del plazo de un año para levantar sus cultivos, o podrá conservarlos o explotarlos, mediante un arreglo con el pueblo beneficiado.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 145/29. Sierra viuda de Cantón Teófila. 3 de febrero de 1930. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.