Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/338080
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338080
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 724
PETROLEO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 724
El artículo 14 de la Ley del Petróleo, de 26 de diciembre de 1925, debe interpretarse como una liberalidad establecida por el legislador, en beneficio de los superficiarios que hubiesen celebrado contratos, con fines expresos de explotar el subsuelo, para que quedasen, en cierta forma garantizados, y tuvieran, sobre los demás individuos, el privilegio de que se les otorgaran concesiones confirmatorias de derechos, para la exploración y explotación petrolífera; pero si el que se considera lesionado por la negativa de la Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo, para que se le otorgue una concesión confirmatoria, no demuestra que tenía derechos al subsuelo, con fines expresos de exploración y explotación, la negativa de la secretaría no importa violación de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1678/28. González Treviño Lorenzo. 10 de febrero de 1930. Mayoría de tres votos. Ausente: Salvador Urbina. Disidente: Daniel V. Valencia. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Jesús Guzmán Vaca.