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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338083
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 723
PETROLEO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 723
La negativa de la Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo, a otorgar la confirmación de una concesión petrolífera, no es violatoria de garantías, si el caso no se encuentra comprendido en las fracciones I, II o III del artículo 14 de la Ley Reglamentaria del 27 constitucional, de fecha 26 de diciembre de 1925.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1678/28. González Treviño Lorenzo. 10 de febrero de 1930. Mayoría de tres votos. Ausente: Salvador Urbina. Disidente: Daniel V. Valencia. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Jesús Guzmán Vaca.