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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338105
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1116
NUEVOS CENTROS DE POBLACION AGRICOLA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1116
No es obstáculo para el establecimiento de un nuevo centro de población agrícola, que ya exista y esté reconocido legalmente un pueblo, pues el acuerdo presidencial no crea a dicho pueblo, sino un centro de población agrícola, con un núcleo de habitantes cuya ocupación habitual ha sido siempre la agricultura, y que carece por completo de tierras para proveer a su subsistencia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3981/23. Fernández viuda de Sela Ana. 25 de febrero de 1930. Mayoría de tres votos. Disidente: Salvador Urbina. Relator: Luis M. Calderón.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XXXI, página 630, tesis de rubro "NUEVOS CENTROS DE POBLACION AGRICOLA.".