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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338176
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1953
IMPUESTOS, MULTAS Y PAGOS FISCALES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1953
Cuando por virtud de la tributación, se limiten las actividades productoras, y más aún, cuando por tratarse de artículos alimenticios, el aumento del impuesto pruduzca el aumento del precio, y por tal motivo, el menor consumo, haciendo deficiente la alimentación popular, la suspensión debe concederse, mediante depósito de la cantidad que día por día deba enterar el causante, si de esta manera es patente que no se perjudican los intereses públicos.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 237/30. Introductores de Ganado. 11 de abril de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.