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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338196
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 206
DEMANDA DE AMPARO, RATIFICACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 206
La falta de ratificación de la demanda de amparo, aun cuando ésta se interponga por el telégrafo, no es causa de sobreseimiento, pues la ley manda sólo que se tenga por no interpuesta lo cual es cosa distinta, porque el sobreseimiento supone la existencia del juicio, y la falta de ratificación trae por consecuencia la de que no haya instancia de parte agraviada.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Romero Evaristo. 9 de septiembre de 1929. Unanimidad de catorce votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.