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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338229
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 606
EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 606
Son competentes para tramitar el cumplimiento de las ejecutorias de amparo, los Jueces de Distrito ante quienes hayan radicado los amparos en que aquéllas hayan recaído.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 263/28. Albarrán viuda de Silva Josefa. 23 de septiembre de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.