Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/338248
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338248
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 804
AMPLIACION DE EJIDOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 804
Cuando la ampliación de ejidos afecta a una pequeña propiedad que ya ha sido protegida por la Justicia Federal, la ampliación constituye la repetición del acto reclamado y una desobediencia a la ejecutoria de amparo, por lo que, en caso de queja del agraviado, debe declararse ésta, como fundada.
Precedentes
Tomo XXVII, página 2675. Indice Alfabético. Queja en amparo administrativo 218/29. Roth Germán, Sr. 7 de octubre de 1929. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis M. Calderón. Disidente: Daniel V. Valencia. Relator: Jesús Guzmán Vaca.
Tomo XXVII, página 804. Queja en amparo administrativo 217/29. Roth Germán. 3 de octubre de 1929. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Daniel V. Valencia. Relator: Arturo Cisneros Canto.