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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338270
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1155
SUSPENSION, EJECUCION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1155
Si con motivo de la ejecución de un auto de suspensión, se vulneran derechos de un extraño al juicio de garantías, éste debe ocurrir en queja, contra la falta de cumplimiento de la resolución relativa, y no en amparo; y si hace uso de este último medio, debe sobreseerse en el juicio, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 43, fracción VIII, y 44, fracción III, de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1723/27. Sedas Champion Atilano. 22 de octubre de 1929. Mayoría de tres votos. Ausente: Daniel V. Valencia. Disidente: Jesús Guzmán Vaca. Relator: Arturo Cisneros Canto.