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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338275
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1196
ARRENDAMIENTO DE TIERRAS EN VERACRUZ.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1196
Las facultades que con apoyo en la ley número 297 sobre el arrendamiento de tierras, en el Estado de Veracruz, ejercitan las autoridades de ese Estado, son anticonstitucionales, porque la ley y las autoridades administrativas resuelven una cuestión de derecho civil entre particulares, cosa que toca hacer, de modo exclusivo, a las autoridades judiciales y mediante las formalidades que para decidir cuestiones de derecho privado, se establezcan en el juicio del orden civil.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2175/27. Capistrán Demetria Victoria. 23 de octubre de 1929. Unanimidad de cinco votos. Relator: Salvador Urbina.