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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338285
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1372
TRABAJADORES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1372
La fracción XXII del artículo 123 constitucional, da derecho al trabajador que es separado sin causa justificada, a que se le reinstale en su trabajo, o a que se le pague el importe de tres meses de salario, a su elección; y las Juntas de Conciliación y Arbitraje, si consideran probada la acción del trabajador, deben fallar precisamente en ese sentido.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2,059/29. Salazar Julián. 28 de octubre de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Jesús Guzmán Vaca. Relator: Daniel V. Valencia.