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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338331
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2341
CONCESIONES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2341
El hecho de que la Secretaría de Agricultura y Fomento admita para su trámite las solicitudes que se presenten para el uso de aprovechamiento de aguas, de acuerdo con la ley de la materia, no da más derechos a los interesados, que los de que esas solicitudes continúen su tramitación legal; hasta que recaiga la resolución respectiva; pero en manera alguna el de que, necesariamente se otorguen las concesiones que soliciten, ya que esto dependerá de las circunstancias que concurran en el caso, de acuerdo con la ley de la materia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4450/27. Sedas Champión Atilano. 2 de diciembre de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis M. Calderón. Relator: Arturo Cisneros Canto.