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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338342
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 21
REVISION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 21
Conforme al Decreto de 16 de enero de 1928, la promoción para continuar la revisión interpuesta en amparo, corresponde hacerla al que interpuso el recurso, y si la hace cualquier otro, aunque se diga representante del recurrente, si no comprueba esta personalidad, la promoción debe tenerse por no hecha.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Bagalini E. y coagraviados. 2 de mayo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.