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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338351
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 119
FRAUDE AL ERARIO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 119
Para poder aplicar la sanción a que se refiere el artículo 26 del Decreto del 20 de julio de 1921, que estableció el impuesto del centenario, es preciso que se demuestre que el contribuyente manifestó datos falso, con la intención de defraudar al fisco.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2859/22. "Los Reyes", S.A. 4 de mayo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.