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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338358
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 135
EMBARGOS FISCALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 135
El hecho de que los bienes embargados y guardados en depósito por la autoridad fiscal, hayan desaparecido por causa de fuerza mayor, no implica cambio alguno de situación jurídica del depósito, que haga variar la responsabilidad legal del mismo respecto del dueño de la mercancía, para el caso de que se conceda el amparo, con sus efectos restitutorios, que le son inherentes por su naturaleza misma; y por tanto, la desaparición de los bienes embargados no es causa para sobreseer en el amparo que contra el embargo se pida.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2678/22. "Nieto Hermanos". 4 de mayo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.