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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338406
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 667
CONCESIONES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 667
El hecho de que la Secretaría de Industria admita una solicitud de concesión basada en la Ley de Industrias Minerales, no da motivo al amparo, pues no es acto irreparable; ni la admisión significa que se resuelva en sentido favorable la solicitud, tanto más, cuanto que el agraviado puede oponerse a la solicitud en la vía administrativa.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4429/27. Santa Cruz Ramírez Francisco. 22 de mayo de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.