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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338416
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 828
ACTOS DERIVADOS DE ACTOS CONSENTIDOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 828
Contra ellos es improcedente conceder el amparo, debiendo sobreseerse.
Precedentes
Tomo XXVI, página 2444. Indice Alfabético. Amparo 3690/28. Tenopala Rodríguez Francisco. 3 de junio de 1929. Mayoría de tres votos. Ausente: Arturo Cisneros Canto. Relator y disidente: Daniel V. Valencia.
Tomo XXVI, página 828. Amparo administrativo en revisión 647/27. Gutiérrez Heriberto. 27 de mayo de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XXVI, página 567. Amparo administrativo en revisión 3410/24. González Edmundo. 18 de mayo de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis M. Calderón. La publicación no menciona el nombre del ponente.