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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338426
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 990
CULTIVOS CICLICOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 990
Cuando se concede la suspensión en materia agraria, para que los propietarios hagan uso de los derechos que les conceden los artículos 18 y 20 del reglamento agrario, no puede tener por efecto que el propietario siga sembrando en los terrenos materia de la dotación, sino sólo que pueda ceder en cambio de los terrenos afectados, otros, o retirar las plantaciones dentro del término de un año.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Delegado de la Comisión Nacional Agraria en Yucatán. 3 de junio de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.