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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338438
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1133
REMATES FISCALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1133
Si por no presentarse postores, no se verifican, y se citan para nueva almoneda, el acto ya no subsiste, mientras no se proceda a citar para la segunda subasta; siendo por tanto, improcedente, el amparo que se pida contra la primera.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4137/28. Camacho y Olmedo Ana. 11 de junio de 1929. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.