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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338440
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1137
CATASTRO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1137
Las juntas inspectoras del catastro, no tienen capacidad para modificar los valores que a las propiedades hayan fijado las juntas calificadoras, y si lo hacen, con ello violan, en perjuicio del interesado, las garantías que le otorga el artículo 16 constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3784/23. Federico Zorrilla. S. en C. 11 de junio de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca y Daniel V. Valencia. La publicación no menciona el nombre del ponente.