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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338442
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1141
CLAUSURA DE ESTABLECIMIENTOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1141
Las autoridades fiscales en el Distrito, están autorizadas para cerrar los establecimientos mercantiles, que directa o indirectamente hayan motivado un adeudo fiscal, cuando éste no se cubriera en el término en que deba hacerse, y si no se ha atacado de anticonstitucional la disposición que concede estas facultades, no puede alegarse que la clausura viola las garantías individuales del interesado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3875/28. Estrada Juan B. 11 de junio de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.