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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338453
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1284
COPIAS PARA LA REVISION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1284
Si no se exhiben las copias del escrito de expresión de agravios, dentro del término de cinco días que la ley señala para interponer el recurso de revisión, debe desecharse éste por no haberlo interpuesto en la forma legal.
Precedentes
Tomo XXVI, página 2508. Indice Alfabético. Amparo 796/24. Metrá Alberto. 4 de julio de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca. Excusa: Arturo Cisneros Canto.
Tomo XXVI, página 1284. Amparo administrativo en revisión. 1823/25. Lorenzo Hoyo, sucesores. 3 de julio de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Arturo Cisneros Canto y Daniel V. Valencia. La publicación no menciona el nombre del ponente.