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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338456
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1329
INCOMPETENCIA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1329
Si el demandado ante una Junta de Conciliación no opone la excepción de incompetencia al contestar la demanda, no puede alegarla después como motivo de agravio, al promover el amparo contra el laudo de la Junta.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3641/28. Cortés E. Juan. 6 de julio de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.