Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/338473
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338473
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1497
EXPROPIACION POR CAUSA DE UTILIDAD PUBLICA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1497
Aunque no exista una ley reglamentaria del artículo 27 constitucional, que designe los casos en que la expropiación deba ser considerada como de utilidad pública, es incuestionable que si la expropiación se apoya en los preceptos del mismo artículo 27, por quedar comprendido el caso en los a que de una manera concreta se refiere, no puede considerarse que la expropiación implica una violación de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 60/24. González Fernando. 13 de julio de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.