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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338493
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1755
ALCOHOLES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1755
El hecho determinado del impuesto sobre alcoholes, es precisamente la salida de la mercancía, según lo dispone la fracción II del artículo 4o., de la Ley de 6 de enero de 1925, y no la simple suposición de que se haya manufacturado el alcohol, sin que se compruebe la salida de la mercancía.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4279/28. Cervecería Nacional, S.A. 26 de julio de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.