Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/338496
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338496
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1869
IMPROCEDENCIA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1869
La improcedencia en el amparo debe ser examinada de oficio.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 784/24. Cobián Feliciano. 1o. de agosto de 1929. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis M. Calderón.