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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338511
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2032
AUDIENCIA EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2032
Es ilegal suspenderla porque ante al Corte se encuentre en revisión otro amparo, pedido por los mismos quejosos y contra los mismos hechos, puesto que ya no puede surgir la cuestión de competencia, a que alude la fracción III del artículo 35 de la ley reglamentaria del amparo.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Inspector Local del Trabajo en Veracruz. 12 de agosto de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.