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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338536
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2314
PRUEBAS EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2314
Es indebido exigir que el quejoso rinda pruebas respecto de hechos que han sido reconocidos por la autoridad responsable, ya que sólo es preciso probar lo que está sujeto a controversía.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1185/24. Cobián Feliciano. 26 de agosto de 1929. Mayoría de tres votos. Ausente: Daniel V. Valencia. Disidente: Salvador Urbina. Relator: Luis M. Calderón