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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338539
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2314
SENTENCIAS DE AMPARO DEFICIENTES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2314
Si el Juez de Distrito omite resolver sobre algunas de las cuestiones jurídicas planteadas en la demanda de amparo, la Corte debe hacer el estudio de esas cuestiones, y resolver si cabe, o no, conceder la protección federal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1185/24. Cobián Feliciano. 26 de agosto de 1929. Mayoría de tres votos. Ausente: Daniel V. Valencia. Disidente: Salvador Urbina. Relator: Luis M. Calderón