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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338545
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2326
IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2326
Es inexacto que la Ley sobre la Renta no haya sido obligatoria sino hasta que se publicó su reglamento; porque la circunstancia de que en ella no se haya expresado terminantemente la forma y términos de hacer los pagos, no quiere decir que el impuesto no se causara desde la promulgación de la ley, sino que el cobro tendría que hacerse cuando se expidiera el reglamento; y por tanto, no hay aplicación retroactiva de la misma ley porque se cobren los impuestos vencidos al publicarse el reglamento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2745/26. López Guerrero Emilio. 27 de agosto de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Luis M.Calderón. Relator: Daniel V. Valencia.