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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338549
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2331
IMPROCEDENCIA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2331
Siendo una cuestión de derecho público, la improcedencia en el amparo debe ser examinada, de oficio, aunque ninguna de las partes haya alegado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1076/23. Limantour José Ives. 27 de agosto de 1929. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.