Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/338564
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338564
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 27
COMPETENCIA EN AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 27
Cuando el amparo se enderece contra una dotación de ejidos, como la resolución respectiva no es solamente de carácter declarativo, sino que trae aparejadas órdenes de ejecución y expropiación, es competente para conocer del juicio de garantías, el Juez de Distrito del lugar en donde estén las tierras afectadas,
Precedentes
Competencia. Suscitada entre los Jueces de Distrito Sexto del Distrito Federal y del Estado de Guanajuato. 9 de enero de 1929. Mayoría de tres votos. Disidente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XXV, página 2426. Indice Alfabético. Competencia 474/28. Suscitada entre los Jueces Primero Numerario de Distrito del Distrito Federal y de Distrito del Estado de Querétaro. 9 de enero de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Barba. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XXV, página 2426. Indice Alfabético. Competencia 420/28. Suscitada entre los Jueces Primero Numerario de Distrito del Distrito Federal y Supernumerario de Distrito del Estado de Coahuila. 9 de enero de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Barba. La publicación no menciona el nombre del ponente.