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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
338574
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 126

REMATES.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 126

Precedentes

Tomo XXV, página 2595. Indice Alfabético. Amparo 3491/27. Arciniega Ricarda. 23 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XXV, página 2595. Indice Alfabético. Amparo 2923/28. Avila Aragón Manuel. 9 de febrero de 1929. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Salvador Urbina. Relator: Jesús Guzmán Vaca. Tomo XXV, página 2595. Indice Alfabético. Amparo 2637/28. I. viuda de Cabiedes Angela. 9 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca. Tomo XXV, página 126. Amparo administrativo en revisión 1489/27. Rosenzweig Leopoldo de. 16 de enero de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Daniel V. Valencia. Relator: Luis M. Calderón.
Registro digital (IUS): 338574