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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338577
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 183
IMPUESTOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 183
No es causa de improcedencia del amparo que contra su cobro se pida, que el quejoso los haya enterado, para librarse de las sanciones en que pudiera incurrir por la falta de pago.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1157/21. Panuco Boston Oil Company. 19 de enero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.