Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/338622
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338622
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 885
NOTARIOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 885
Como el amparo sólo procede contra actos de autoridad, es improcedente pedirlo contra los actos de los notarios, porque si bien son funcionarios públicos, no por eso son autoridades.
Precedentes
Amparo administrativo. García Josefa. 21 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.