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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338645
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1619
AUDIENCIA EN AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1619
Las pruebas en el amparo, deben ofrecerse en el acto de la audiencia señalada en el auto inicial, y si llega a diferirse para recibir alguna prueba, los interesados ya no tienen derecho de ofrecer otras nuevas, pues de ser así, se retrasaría de manera indefinida la secuela del amparo, lo que es contrario a lo mandado por la fracción IX del artículo 107 constitucional.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Compañía Minera de Peñoles, S. A. 18 de marzo de 1929. Mayoría de cuarto votos. Disidente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.