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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338664
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1916
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1916
Conforme a la Ley de Organización de las Secretarias de Estado, sólo pueden representar al presidente de la República, los secretarios de Estado respectivos, de suerte que la revisión que interponga el secretario de la Comisión Nacional Agraria, a nombre y representación del presidente de la República, debe considerarse interpuesta por quien no está capacitado para ello, y por lo mismo, desecharse la revisión.
Precedentes
Tomo XXV, página 2567. Indice Alfabético. Amparo 3424/23. Compañía Fraccionadora de Grandes Propiedades. 12 de abril de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XXV, página 1916. Amparo administrativo en revisión 3267/23. Cruz José S. 11 de abril de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.