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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338695
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 31
REGISTRO PUBLICO, PRUEBA DE LA PROPIEDAD POR MEDIO DE COPIAS CERTIFICADAS DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 31
La tesis de la Suprema Corte de Justicia que sostiene que "las copias certificadas del Registro Público de la Propiedad, no son aptas para demostrar el dominio, pues aunque son instrumentos públicos, ya que se trata de documentos auténticos expedidos por funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones y con motivo de ellas, prueban ciertamente por sí mismas su carácter de tales, pero con relación a su contenido sólo demuestran la existencia de la inscripción en los libros del registro, y no la del contrato o la de cualquier otro acto jurídico en virtud del cual se haya adquirido la propiedad, cuya prueba será el testimonio de la escritura respectiva o bien el documento privado en que se extendi", debe entenderse referida al caso en que la certificación se contrae a consignar los datos relativos a la inscripción, y no al caso en que la certificación incluye el documento completo.
Precedentes
Amparo directo 3115/56. Francisco Varela. 3 de abril de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.