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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338716
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 60
PRECEPTOS LEGALES, ANTE DOS INTERPRETACIONES DIVERSAS DE, DEBE PREVALECER LA QUE ESTA DE ACUERDO CON LA CONSTITUCION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 60
Si por el sentido de un precepto legal éste puede ser interpretado en dos formas: una que lo pone en oposición con al Constitución y otra que permite armonizarlo con las exigencias de las normas constitucionales, debe preferirse esta última por imperativo evidente de nuestro régimen de derecho.
Precedentes
Amparo directo 4754/56. Graciela Silva A. 8 de abril de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Disidente: Vicente Santos Guajardo. Ponente: Mariano Azuela.