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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338729
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 100
SIMULACION, PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 100
La simulación por su propia naturaleza y salvo el caso de la confesión, es refractaria a la prueba directa; por donde se concluye que a no ser por la de presunciones, no hay otro medio de lograr dicha comprobación. La Suprema Corte de Justicia ampliamente ha explorado en sus ejecutorias sobre que en asuntos de esta naturaleza la conducta procesal de las partes es elemento básico para la resolución de los negocios judiciales y que por tanto los jueces deben tomarla en cuenta para derivar de ella, en la averiguación de la verdad, las presunciones que lógica y legalmente se deduzcan de la misma.
Precedentes
Amparo directo 120/56. Macaria Zárate de González, Sucn. 12 de abril de 1957. Mayoría de tres votos. Disidentes: José Castro Estrada y Vicente Santos Guajardo. Ponente: Gabriel García Rojas.