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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338761
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 188
DIVORCIO. PRINCIPIO DEL TERMINO DE CADUCIDAD DE LA CAUSAL DE ADULTERIO (LEGISLACION DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 188
Tratándose de la caducidad que establece el artículo 89 del Código Civil sobre la causal de divorcio por adulterio, ese lapso no puede correr mientras no cese el concubinato, pues se trata de una causal de tracto sucesivo.
Precedentes
Amparo directo 6330/55. Carmen Silva de Bretzfelder. 29 de abril de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Vicente Santos Guajardo.