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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338771
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 230
MANDATO Y NO COMISION MERCANTIL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 230
Si los demandados se obligaron a ejecutar por cuenta del demandante actos jurídicos con motivo de crear una colonia, levantar planos, vender lotes, ejecutar meros actos de administración y todo lo concerniente a esa clase de negocios, y ninguna de las partes se dedica por entero al comercio ni tiene reconocido el carácter de comerciante, se viene en conocimiento de que el contrato de que se habla fue un mandato en los términos del artículo 2546 del Código Civil y no el contrato de comisión a que se refieren los artículos 273 y 274 del Código de Comercio.
Precedentes
Amparo directo 6822/55. Enrique Guzmán Sánchez y Coags. 3 de mayo de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Vicente Santos Guajardo.