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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338779
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 276
PRESCRIPCION POSITIVA, PRUEBA DE LA CAUSA GENERADORA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 276
Lo que la ley exige no es que se exhiba una escritura de compraventa o algún otro documento por el estilo, sino que se diga cuál es la causa generadora de la posesión y que se rinda prueba de ella, a fin de que pueda saberse si el que pretende prescribir entró a poseer o no en concepto de propietario, dado que por disposición expresa de la ley ese es un requisito sine qua non para que pueda operarse la prescripción positiva.
Precedentes
Amparo directo 3542/56. Dolores Chavira Blanco. 9 de mayo de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.