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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338785
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 290
CONTESTACION DE LA DEMANDA, EFECTOS DE LA NEGACION DE LOS HECHOS EN LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 290
Si la demandada en su contestación simplemente negó todos los hechos contenidos en la demanda con excepción de uno que admitió como cierto, el juzgador debe entrar en el estudio de las pruebas y de acuerdo con ellas apreciar cuáles afirmaciones de los hechos de la demanda fueron debidamente probadas y, en función de ello, resolver lo conducente.
Precedentes
Amparo directo 4001/55. Yolanda Trejo Méndez. 10 de mayo de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.