Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/338818
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338818
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 413
IDENTIDAD DE QUIEN PRESENTO COMO SUS HIJOS NATURALES ANTE EL REGISTRO CIVIL A DETERMINADOS MENORES. PRUEBAS ADMISIBLES PARA ACREDITARLA, EN JUICIO DE PETICION DE HERENCIA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 413
Para dilucidar la identidad del padre que comparece ante el Oficial del Registro Civil a reconocer a sus hijos naturales, cuando existe disparidad de algunos datos correspondientes a su media filiación y variaciones en el nombre y en algunas de las generales del padre, es evidente que son admisibles toda clase de pruebas, sean directas o indirectas.
Precedentes
Amparo directo 3352/56. Alicia Iglesias Pastrana. 17 de junio de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.