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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338824
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 416
TITULOS DE CREDITO, FIRMA DE FAVOR EN LOS. EFECTOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 416
La excepción personal de falta de causa, verbigracia, la simulación absoluta del título de crédito, si se prueba, es una excepción que debe de prosperar. Pero en los casos de firma de favor, la causa es precisamente la gracia o favor que, con el otorgamiento de favor de la firma, se hace al obligado. No falta la causa. El que da la firma de favor, deviene obligado cambiariamente, si no frente al favorecido, quien puede oponerle la excepción personal de simulación, sí contra los terceros.
Precedentes
Amparo directo 815/56. Luis Usabiaga Villanueva. 17 de junio de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.