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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338830
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 447
ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL CONTRATO DE, PARA HABITAR LA FINCA EL DUEÑO. DECRETO DE 24 DE DICIEMBRE DE 1948.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 447
La fracción II del artículo 2o. del Decreto sobre arrendamiento de 24 de diciembre de 1948, declara que no quedan comprendidos en la prórroga que establece el artículo 1o. los contratos que se refieran "a las casas o locales que el arrendador necesite habitar u ocupar para establecer en ellos una industria o comercio de su propiedad, previa justificación ante los Tribunales de este requisito". La justificación de la necesidad a que alude el precepto debe ser plena, porque así lo requiere el interés que se tutela en ese ordenamiento.
Precedentes
Amparo directo 5322/56. Magdalena Colmenero de Sánchez. 24 de junio de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.